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Tributación obliga a presentar la Declaración del Impuesto sobre la Renta de las Sociedades Inactivas

Según el artículo 2 de la resolución DGT-R-75-2019, donde indica que:

«Las personas jurídicas que no hayan realizado actividades lucrativas o sustantivas en el período fiscal deberán presentar la declaración jurada del Impuesto Sobre la Renta, formulario D-101, que establece el artículo 20 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, Ley N° 7092 y sus reformas. Para tal efecto deberán incluir la información de activos, pasivos y capital social atendiendo las Normas Internacional de Información Financiera (NIIF) y la resolución DGT-R-029-2018 …”

Dado lo anterior, es necesario contar con los documentos soporte de la siguiente información:

  • Activos: bienes inmuebles, muebles, inversiones, bancos, entre otros.
  • Pasivos: deudas bancarias, préstamos, financiamientos de cualquier tipo, entre otros.
  • Patrimonio: capital social y aportes extraordinarios de patrimonio, revaluaciones, entre otros.

La obligación señalada en el artículo 2 de esta Resolución, deberá ser cumplida de forma anual, dentro de los dos meses y quince días naturales siguientes al término del período fiscal del Impuesto a las utilidades (fecha máxima de presentación 15 de marzo de 2021), para lo cual deberá realizarse la confirmación de los datos registrados aun cuando no haya variación alguna en éstos durante el año.

Si bien la labor de presentación corresponde a un Contador, en JUREX podemos colaborar para  coordinar  la asistencia integral para llevar a cabo todos estos trámites.

Cabe destacar que la presentación de la declaración y la contabilidad anual se realizarán con base en la información proporcionada para nuestro procesamiento.

Finalmente, es importante tomar en cuenta el tiempo de procesamiento de la información, debido a que, muchas sociedades, al ser inactivas y no registrar movimientos en el transcurso del tiempo, podrían no mantener a disposición la documentación soporte ni la contabilidad al día.

En caso de requerir nuestro apoyo, por favor, no dude en contactarnos.

Lic Arturo Blanco

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